El incendio forestal declarado el pasado 25 de julio en varios municipios de la provincia de Castellón ha dejado importantes daños en viviendas, explotaciones agrícolas, negocios y vehículos, además de afectar a la actividad económica de numerosas personas trabajadoras y autónomas.
Ante esta situación, la Generalitat Valenciana ha publicado el Decreto 114/2026, de 31 de julio, por el que se regulan las ayudas urgentes destinadas a paliar las consecuencias del incendio. Se trata de un paquete de medidas dotado con 11,77 millones de euros, dirigido a personas particulares, autónomos, comercios y explotaciones agrarias, ganaderas y forestales afectadas.
¿Qué ayudas contempla el decreto?
Las ayudas se estructuran en tres grandes líneas:
- Ayudas para personas físicas.
- Ayudas para la reactivación económica.
- Ayudas para explotaciones agrícolas, ganaderas y forestales.
En el caso de las personas particulares, se contemplan ayudas para reparar los daños sufridos en la vivienda habitual o no habitual, reponer enseres domésticos, hacer frente al alquiler de una vivienda provisional cuando sea necesario el realojo y compensar los daños ocasionados en vehículos particulares y agrícolas. Las cuantías alcanzan hasta 20.000 euros por destrucción total de la vivienda habitual, además de otras ayudas para daños estructurales, daños no estructurales, enseres y alquiler temporal.
Por su parte, la línea de reactivación económica contempla ayudas directas para personas trabajadoras autónomas y comercios minoristas afectados, así como un complemento autonómico para trabajadores incluidos en expedientes de regulación temporal de empleo o beneficiarios de la prestación extraordinaria reconocida por el SEPE como consecuencia del incendio. También se incluyen ayudas para vehículos vinculados a actividades económicas.
En el ámbito agrario, el decreto establece ayudas para compensar los daños sufridos en cultivos, explotaciones ganaderas y forestales, equipamientos agrarios y pérdidas de animales, con cuantías específicas según el tipo de explotación y el daño ocasionado.
¿Quién puede solicitarlas?
Las ayudas están dirigidas a las personas y entidades cuyos daños se hayan producido en los municipios afectados por el incendio o, en el caso de determinadas ayudas de reactivación económica, en aquellos municipios que sufrieron confinamientos o evacuaciones como consecuencia de la emergencia, siempre que pueda acreditarse la afectación directa.
Entre los municipios con afección directa figuran La Vall d’Uixó, Betxí, Onda, La Vilavella, Artana, Eslida, Aín, Alcudia de Veo, Tales, Alfondeguilla, Nules y Chóvar, entre otros recogidos en el decreto.
Plazo para presentar las solicitudes
El plazo para solicitar estas ayudas será de tres meses, comenzando el 10 de agosto de 2026, y las solicitudes podrán presentarse preferentemente de forma electrónica a través de la sede de la Generalitat o presencialmente en los registros habilitados y ayuntamientos afectados.
Desde ADICAE CV recordamos que es fundamental que la tramitación de estas ayudas sea ágil, sencilla y accesible, evitando cargas burocráticas innecesarias que retrasen la recuperación de quienes han perdido parte de su patrimonio o han visto paralizada su actividad.
Asimismo, recordamos que estas ayudas no sustituyen las posibles indemnizaciones de los seguros ni otros derechos que puedan corresponder a las personas afectadas, aunque deberán respetarse los límites establecidos para evitar una doble financiación del mismo daño.


