Afectados DANA: Nuevas ayudas para material escolar

La Generalitat Valenciana ha puesto en marcha nuevas ayudas de 500 euros por alumno o alumna para la adquisición de material escolar, dirigidas a colectivos de estudiantes afectados por la DANA del 29 de octubre de 2024 que quedaron fuera de las anteriores ayudas.

La medida está regulada mediante el Decreto 121/2026, de 4 de agosto, del Consell, publicado en el DOGV el 12 de agosto de 2026. Su objetivo es ampliar la protección a estudiantes que, pese a haber resultado afectados por la catástrofe, no pudieron beneficiarse de las ayudas reguladas anteriormente por el Decreto 148/2025.

¿Quién puede beneficiarse de los 500 euros?

La nueva ayuda contempla diferentes situaciones que habían quedado fuera de la convocatoria anterior. Entre ellas se encuentra el alumnado que durante el curso 2024-2025 cursaba 2.º de Bachillerato, 2.º de ciclos formativos de grado superior o grado superior de enseñanzas deportivas en centros situados en las zonas afectadas por la DANA.

También se incluye al alumnado que residía en municipios afectados pero estudiaba en centros situados fuera de las zonas afectadas, así como determinados estudiantes matriculados en centros docentes extranjeros.

La ayuda contempla igualmente los casos de estudiantes que, después de la DANA, trasladaron su residencia o continuaron sus estudios fuera de la zona afectada, y aquellos que no pudieron formalizar su matrícula dentro del plazo establecido por circunstancias administrativas ajenas a su voluntad, como problemas con listas de espera, el NIA, situaciones de tutela o acogimiento o errores en las bases de datos educativas.

500 euros por cada estudiante que cumpla los requisitos

La cuantía de la ayuda es de 500 euros por alumno o alumna y se abonará mediante un único pago.

Además, si dentro de una misma familia hay varios hijos o hijas que reúnen los requisitos establecidos, la ayuda es acumulativa, por lo que podrán corresponder 500 euros por cada estudiante beneficiario.

El dinero deberá destinarse a la adquisición de material necesario para la actividad académica. El Decreto utiliza un concepto amplio de material escolar e incluye, entre otros, libros, dispositivos electrónicos, equipamiento personal y otros bienes adecuados para el desarrollo de los estudios.

¿Qué requisitos hay que cumplir?

Además de encontrarse dentro de alguno de los colectivos previstos en el Decreto 121/2026, el alumnado deberá cumplir los requisitos establecidos para cada supuesto.

Con carácter general, deberá haber cursado durante el curso 2025-2026 alguna de las enseñanzas regladas contempladas por la normativa o, en los casos correspondientes, primero de enseñanzas universitarias oficiales o enseñanzas artísticas superiores.

También deberá haber soportado gastos extraordinarios derivados de la pérdida de bienes materiales ocasionada directamente por la DANA y no haber sido beneficiario de las ayudas reguladas por el Decreto 148/2025.

¿Qué documentación hay que presentar?

La documentación concreta dependerá de la situación en la que se encuentre cada estudiante. Por este motivo, es importante comprobar en el Decreto 121/2026 cuál de los supuestos resulta aplicable antes de presentar la solicitud.

En todos los casos deberá aportarse documentación que acredite los gastos extraordinarios derivados de la pérdida de bienes materiales como consecuencia de la DANA, así como un certificado de titularidad de la cuenta bancaria de la persona que presenta la solicitud.

Además, las personas beneficiarias deberán conservar facturas, tickets, recibos, justificantes de transferencia u otros documentos que permitan demostrar que la ayuda se ha destinado efectivamente a material escolar, ya que la Generalitat podrá realizar comprobaciones posteriores.

¿Hasta cuándo puede solicitarse?

El plazo comenzó el 13 de agosto de 2026 a las 9:00 horas y permanecerá abierto hasta el 21 de septiembre de 2026 a las 15:00 horas.

La solicitud puede realizarse preferentemente por vía telemática a través de la sede electrónica de la Generalitat Valenciana, mediante el procedimiento habilitado específicamente para estas ayudas.

También puede presentarse presencialmente en el Registro General de la Conselleria de Educación, Cultura y Universidades o en cualquiera de los registros admitidos por la legislación administrativa.

ADICAE CV recomienda revisar bien los requisitos

Desde ADICAE Comunidad Valenciana consideramos importante que las familias afectadas por la DANA revisen esta nueva convocatoria, especialmente aquellas que no pudieron acceder a las anteriores ayudas para material escolar.

La ampliación permite incorporar situaciones que habían quedado inicialmente fuera pese a haber sufrido igualmente las consecuencias de la catástrofe.

Recomendamos no esperar a los últimos días del plazo, comprobar cuidadosamente el supuesto en el que se encuentra cada estudiante y conservar toda la documentación relacionada tanto con los daños sufridos como con la adquisición del material escolar.

Plazo de solicitud: hasta el 21 de septiembre de 2026 a las 15:00 horas.

Buscar

Enviar artículo

Scroll al inicio
ADICAE-Valencia-logo
Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.